lunes, 26 de noviembre de 2012

ENTRANDO A CONOCER MAS ACERCA DE LAS COOPERATIVAS





La protección y promoción brindada por el Estado a las cooperativas de trabajo asociado como forma asociativa y solidaria, tiene soporte en la Constitución Nacional, allí se promueven las  formas asociativas y solidarias, facilitando de gran manera la participación de personas naturales en la elaboración de programas encaminados al desarrollo social y a la generación de empleo, siempre apuntando a fortalecer la economía solidaria y dentro de este concepto encaja perfectamente la  figura las cooperativas de trabajo asociado.

En la actualidad para hablar de Cooperativas de Trabajo Asociado (CTA) es preciso traer a colación conceptos emitidos por autoridades internacionales  en el ámbito laboral que para el caso bien siendo la recomendación 193 del año 2002 emitida por  la Organización Internacional del Trabajo (OIT)  cuyo tema principal es la promoción de las cooperativas.

La recomendación 193 de la OIT  dentro de sus disposiciones sugiere a los estados establecer un marco institucional que permita facilitar el  registro de las cooperativas, que respeten su autonomía y sean conformes con la legislación y entre otras cosas establece que estas debieran considerarse como uno de los pilares del desarrollo económico y social nacional e internacional.

Entre otras disposiciones también es deber del estado velar por que no se puedan crear o utilizar cooperativas para evadir la legislación del trabajo, velando por que la legislación del trabajo se aplique en todas las empresas. En Colombia cuando se trata de Cooperativas de Trabajo Asociado, le entidad encargada de su vigilancia y control es la Superintendencia de la Economía Solidaria.

En la legislación interna respecto al tema de las Cooperativas se puede encontrar como lo son la Ley 79 de 1988 y el Decreto 24 de 1998, el decreto reglamentario 4588 de 2006 y la ley 1323 de 2008 que se encargan de trazar directrices para la constitución y desarrollo de las cooperativas además de decir que pueden y que no pueden hacer las ya mencionadas cooperativas, también jurisprudencia de la corte constitucional como son las sentencias T-291/05 y C-211/00 en las que se confirma lo dispuesto en las leyes anteriormente mencionadas y se hace más de una aclaración respecto al tema.



No hay comentarios:

Publicar un comentario